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Columna de opinión

Por Héctor Hernández Ayazo
noviembre 23/2007


Un pobre juez de provincia colombiana


El hecho escueto es que, según los medios, Manuel Salvador Benedetti, juez interino en Lorica, en una tutela interpuesta por Silgifredo Senior, antiguo alcalde de Tierralta y firmante del Pacto de Ralito, falló en el sentido de considerar que este ex-alcalde sólo puede ser juzgado por concierto para delinquir simple y no por concierto agravado. La repercusión inmediata de este fallo es que el procesado Silgifredo Senior queda en libertad.


El juez, dicen los medios, fundó su decisión en que la figura del concierto para delinquir agravado sólo existe desde 2006 y el delito de que se acusa a Silgifredo Senior habría sido cometido mucho antes.


Esos mismos medios masivos se encargaron de alimentar un alboroto con desequilibrio notable para el juez, sus presuntos favorecidos y la propia justicia.


Sosegado un poco el barullo, por haberse creído encontrar un sesgo jurídico para evitar las secuelas de la decisión del juez, cabe formular algunos planteamientos:

Todo juez, titular o interino, dispone de un término perentorio de diez días hábiles para decidir sobre las tutelas que se hayan presentado a su despacho. Por lo mismo, no puede insinuarse que el juez interino de Lorica haya procurado fallar un asunto espinoso aprovechando la efímera permanencia en el juzgado. Quizá la preocupación debería enderezarse a otro lado: si el titular del juzgado evadió el escabroso tema para dejárselo al encargado.


Todo encargado tiene las mismas atribuciones que el titular. El juez encargado no es un medio juez ni un juez para minucias. Es un juez pleno. En su rango, todo juez es competente para decidir sobre los asuntos que la Constitución y la ley le han asignado. Por tanto no hay "juececitos". Todos, al igual que la encopetada Corte Constitucional o la prepotente Sala Penal de la Corte Suprema, son JUECES, así con mayúsculas.


Es normal que en el desarrollo de la actividad judicial, como en muchísimos casos de aplicación de la ley, se presenten interpretaciones distintas de un mismo texto. Es más, no es insólito que una misma Corte cambie de opinión, aún en corto tiempo. Entre abogados es comentario común el continuo vaivén del Consejo de Estado en importantes asuntos.


La Corte Constitucional tiene establecido que, salvo la doctrina constitucional definida por ella misma, las demás interpretaciones de ley que hagan las Cortes (Consejo de Estado, Corte Suprema de Justicia) puede ser desestimada por un juez de inferior rango si se apoya en razonamientos atendibles que no hayan sido objeto de examen por la corte que haya sentado el precedente. Entonces, sí es dable que un juez se aparte de la Sala Penal de la Corte con tal que exprese argumentos atendibles para justificar su discrepancia.


La misma Corte Constitucional ha sido cambiante. Su sólida y reiterada tesis que era cosa juzgada y consagraba la responsabilidad de los congresistas cuando actuaban como jueces fue cambiada de la noche a la mañana y con tal cambio favoreció a quienes absolvieron a Ernesto Samper en el caso del 8.000. Entonces no se sacaron cuentas sobre el número de congresistas que gozaron de "impunidad".


Cuando el Presidente o sus ministros discrepan en voz alta de providencias de la justicia se levanta un clamor para mandarlos a callar pretextando que irrespetan la separación de poderes y que las decisiones de la justicia no pueden discutirse.


Ahora el Fiscal y el ViceProcurador, a una, descalifican al juez. El primero habla, sin templanza, de extravagancia y "disparate jurídico" en la decisión y el segundo recurre al miserabilista argumento de enrostrarle que es juez de provincia y de rango inferior. No se escucha en este caso el clamor que en otras oportunidades manda a callar al Presidente o al Ministro. Cuando ahora las implicaciones de la prematura y pública descalificación son muy graves: el Fiscal puede investigarlo por delito de prevaricato y ya se sabe que no podrá ser imparcial; otro tanto ocurre con el Procurador que podrá enjuiciarlo disciplinariamente. No se puede esconder que Fiscal y Procurador obraron con desconcertante imprudencia formando la algarabía propia de las barras e impropia de los jueces de mañana sobre el mismo caso y el mismo funcionario.


Luego un Presidente de la Corte, que no es magistrado en lo penal, sale a sentar que los jueces no pueden separarse de lo que haya definido la Corte Suprema. ¡Por Dios!, cuán grande y necia presunción de sabiduría. Todos los abogados sabemos que las decisiones de la Corte Suprema como tribunal de casación constituyen doctrina probable pero no dogma de derecho. Tan es así que la propia Corte cambia sus tesis ante el embate de los razonamientos adversos de sus propios miembros, de doctrinantes, litigantes y jueces.


El alboroto sobre el episodio de Lorica, en resumen, es muestra de la doble moral y del cinismo. Comparto que cualquiera puede criticar una decisión judicial porque es una decisión de humanos revestidos de autoridad, que no por la autoridad son infalibles. Es posible que el juez haya desacertado. No conozco el proceso y no tengo elementos de juicio para formular opinión al respecto. Lo que censuro es cómo esa crítica es permitida a unos y negada a otros.


Hay doble moral en criticar ahora al juez disidente, cuando la misma Corte Suprema y el Consejo de Estado han incurrido, no en disidencia, sino en abierta rebeldía contra la Corte Constitucional cuando les ha revocado sus sentencias. Entonces la prensa presenta el asunto como un divertido "choque de trenes", no el enorme prevaricato que se le endilga al inerme juez de Lorica.


Hay un terrible menosprecio por la dignidad del juez cuando se apela a circunstancias como la de ser de provincia, despachar en provincia o estar fugazmente en el cargo para colocarlo como pieza minúscula revestida de ignorancia supina. Un juez no necesita ser conocido de los círculos capitalinos y de los medios de comunicación para ser sabio y justo. Jueces con altisonante reputación pueden ser ignorantes y parcializados.


Por último, ¿cuáles derechos humanos le respetaron al pobre juez Bendetti, provinciano de Lorica, que no le fueran vulnerados por los sapientes altísimos funcionarios con sede en la sabana andina?


¡Pobre juez de provincia! Y ¡¡¡Pobre justicia colombiana!






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