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¿Quién debe perder en los casos de defraudación en los cajeros?

marzo 15/2006



Cada vez más frecuentes son las acciones delictivas que privan a los ahorradores de sus dineros por el sistema de alterar el funcionamiento del cajero electrónico dispensador de dinero, sin que el esquilmado tenga otra participación que la de emplear la máquina y desconocer los secretos que hacen que se mueva.


Perdido el dinero, por regla general, el ahorrador concurre a reclamar y recibe del Banco una respuesta inexorable: el retiro se hizo porque su tarjeta fue introducida en el dispositivo y su número de clave secreta marcado. Si esos hechos ocurrieron, quiere decir que fue negligencia de su parte y que la entidad financiera está exenta de responsabilidad.


Esta argumentación tiene mucha apariencia y poco fondo. Quien dispone los cajeros y debe vigilarlos y conservarlos en buen estado es la entidad bancaria; es ella quien está obligada a preservarlos continuamente de cualquier interferencia malintencionada de terceros que pueda pervertir su funcionamiento en detrimento de terceros. Piénsese simplemente que a los usuarios no le es permitido tocar la máquina para inspeccionarla y comprobar su regularidad; les toca conformarse con la apariencia externa.


Cuando la máquina falla o ha sido alterada por terceros es porque ha fallado la vigilancia y el cuidado de la entidad financiera.


Por otra parte, quien establece el mecanismo y pone en juego su confianza para darle credibilidad a los usuarios es la entidad bancaria. Ella es la comprometida en escoger equipos a prueba de cualquier acción fraudulenta. Cuando los delincuentes pueden es porque se trata de equipos vulnerables que no escogió el usuario sino la entidad bancaria.


Más claro todavía cuando se trata de una máquina que genera cargos por su empleo. El cobro que se hace al usuario exige que haya una garantía de buen estado, una garantía de resultado. Es el colmo que el usuario se le cobre por el empleo de una máquina que permite que lo esquilmen.


Creer que el usuario obra a su riesgo cuando lo que sucede es que la entidad bancaria está remplazando su personal por una máquina escogida por la entidad es una injusticia tremenda. Quien coloca la máquina bajo su riesgo es la entidad financiera.


Por eso, creemos que falta un pronunciamiento de la Superintendencia Bancaria en este sentido, pues hacer que asuma la pérdida el ahorrador es tanto como si en un banco al llegar a consignar el cliente encontrara detrás de la ventanilla un ladrón que recibiera el dinero y luego se culpara al cliente de no haberlo entregado a un verdadero empleado.


Está bien pedir máxima alerta al usuario, pero mejor exigir de los bancos máquinas confiables y a prueba de delincuentes y que, a falta de ellas, asuman los riesgos derivados del empleo de un sistema creado por ellos para beneficio de ellos.


En la sección Documentos, insertamos la alerta de la Procuraduría General de la Nación.




Reforma tributaria 2007

enero 26/2007


Como todos los fines de año, el Gobierno, prepara un cúmulo de normas financieras, que aplican para el siguiente período, lo cual se traduce en nuevas cargas para los contribuyentes u obligados a reportes contables o fiscales , así , como a los contadores y revisores Fiscales.
Presentamos a través de 6 Boletines la incidencia y efectos en las obligaciones con el Estado y minimizar el impacto de riesgo, por omisión en las aplicaciones por parte de la Empresa
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