LAS PROPINAS
febrero 01/2006
Con frecuencia los consumidores experimentan molestia cuando se les obliga a pagar una propina y, en especial, cuando están insatisfechos con el servicio o bien recibidos. Les mortifica que a pesar de haber sido mal atendidos, lo que es muy frecuente en un medio con escasa cultura de servicio, tengan que recompensar a quien los mal atendió.
Para conocimiento del régimen de propinas en Colombia, pasamos a transcribir las pautas señaladas por la Superintendencia de Industria y Comercio sobre el particular:
¿La propina es obligatoria?
No. La propina corresponde a una retribución que hace el consumidor por el servicio prestado y a una muestra suya de agradecimiento por la forma en que fue atendido por la persona que tiene a su cargo el servicio, en el establecimiento para consumo de bebidas y/o comidas. La propina tiene el carácter de voluntaria.
¿La propina puede ser sugerida?
Sí. La propina puede ser sugerida o no sugerida por el establecimiento.
¿Cuál es la propina sugerida?
Propina sugerida es aquella cantidad o porcentaje del valor total de la cuenta que los establecimientos para el consumo de comidas y/o bebidas determinen.
¿Cuál es la propina no sugerida?
Es aquella que establece directamente el consumidor.
¿Qué información debe darse?
Los establecimientos de comercio están obligados, por instrucciones de la Superintendencia de Industria y Comercio, a incorporar en la lista de precios, las cartas, las facturas, las prefacturas, las cuentas de cobro, precuentas o similares, uno de los siguientes textos, dependiendo de la modalidad escogida.
Para las propinas sugeridas:
“Advertencia Propina: Por disposición de la Superintendencia de Industria y Comercio se informa que en este establecimiento la propina es sugerida al consumidor y corresponde a (una suma de $__________; o un porcentaje de ____%sobre el valor total de la cuenta), el cual podrá ser aceptado, rechazado o modificado por usted, de acuerdo con su valoración del servicio prestado. Si no desea cancelar dicho valor haga caso omiso del mismo; si desea cancelar un valor diferente indíquelo así para hacer el ajuste correspondiente.”
Para la propina no sugerida:
“Advertencia Propina: Por disposición de la Superintendencia de Industria y Comercio se informa que si usted desea cancelar alguna suma por concepto del servicio recibido de acuerdo con su valoración del mismo sírvase indicarlo así, para que sea incorporado en la factura: $________”
Reforma tributaria 2007
enero 26/2007
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